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18 de septiembre de 2017

SPJ-USO. JORNADA DE TRABAJO ORDINARIA

Como ya sabéis, a partir del pasado día 16 de septiembre, entró nuevamente la jornada ordinaria de trabajo, por lo que la jornada pasa a ser nuevamente de 37 horas 30 minutos mensuales, en cómputo anual.

El horario en el que se realizará la jornada ordinaria estará comprendido:

a) De una parte fija, que será de cinco horas y treinta minutos diarios de obligada presencia continuada entre las 8,30 y las 14,30 de lunes a viernes.

b) De una parte flexible, que se distribuirá, para alcanzar la totalidad de la jornada ordinaria semanal de37 horas y 30 minutos, entre las 7,30 horas y las 8,30 horas y entre las 14,30 horas y las 19,00 horas loslunes, los martes y, previa petición justificada de la persona interesada dirigida a los órganos territorialesprovinciales de la Consejería competente en materia de justicia y con la antelación necesaria para la organización del servicio, los jueves, y entre las 14,30 horas y las 16,00 horas los miércoles y los viernes.

No será necesaria la autorización del órgano territorial provincial de la Consejería competente en materia de justicia cuando el edificio donde se encuentre el centro de destino al que está adscrito el puesto detrabajo desempeñado por la persona interesada permanezca abierto el jueves entre las 7,30 y las 19,00horas.

2. Se podrá disfrutar de una pausa por un periodo de treinta minutos, que se computará como de trabajo efectivo y no podrá afectar a la prestación de los servicios.»

4 de julio de 2017

SPJ-USO: JORNADA Y HORARIO, sobre la Jornada de Verano

Ante las reiteradas consultas que nos estáis realizando provocadas por la información errónea que están facilitando algunos sindicatos tenemos que aclararos lo siguiente sobre la jornada de verano:



Actualmente, la Orden vigente sobre esta materia es la Orden de 26 de septiembre de 2016.



Según dicha orden, en su artículo 9, se dispone que “Durante el período comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, ambos inclusive (…) la jornada general de trabajo se efectuará en jornada intensiva de 32 horas y 30 minutos semanales, a realizar desde las 7,30 horas a las 15,30 horas de lunes a viernes, con obligada presencia de cinco horas y treinta minutos diarios continuados entre las 8,30 y las 14,30 horas”.



A lo anterior, debemos restar la media hora de cortesía diaria, lo que deja la jornada semanal en 30 horas.



La información errónea que se está facilitando es que el fijo es de 9,00 a 14,00 horas ya que, como podéis comprobar, es de 5 horas y media.



La confusión trae causa de un compromiso verbal de la Consejería que se comprometía a reducir el horario fijo a 5 horas a realizar de 09:00 a 14:00 horas, lo que nos llevó, en su momento, a imprimir los calendarios de pared con dicha información. No obstante, a fecha de hoy, todavía no se ha incorporado dicho compromiso a la normativa vigente, por lo que aconsejamos cumplir dicha normativa y realizar mínimo, cada día, la parte fija del horario, esto es:  5 horas y media, entre las 08:30 horas y las 14:30 horas.


Hacer otra cosa puede suponer una infracción disciplinaria por incumplimiento del horario.

ESPEREMOS QUE EN BREVE LA CONSEJERÍA LLEVE A EFECTO LO COMPROMETIDO EN MESA DE NEGOCIACIÓN, Y PODAMOS CUMPLIR EL HORARIO FIJO DE 9 A 14 HORAS.

15 de septiembre de 2016

SPJ-USO Andalucía. Finaliza la jornada de verano

Hoy, día 16 de septiembre comienza la Jornada General.



Horas Semanales: 37,5 horas.
Parte Rígida 5,30 horas (de 9:00 a 14;30 horas).
Mañanas: entre las 7,30 y las 9,00 h, y de 14:30 a 15;30 h.
Tardes: Lunes y martes: 16:00 a 20:00 h.; Jueves: de 16:00 a 20:00 (previa solicitud).

Estamos a la espera de la modificación del horario acordada en la Mesa de Negociación,  de la que SPJ-USO ha sido parte impulsora,  y que como principal mejora permitirá concluir la parte rígida del horario a las 14:00 horas, además de suprimir la franja sin computo horario existente entre las 15:30 y 16:00 horas y otras mejoras. 
La publicación en BOJA de la nueva normativa de jornada y horario conlleva la realización de unos trámites previos,  como son el informe del CGPJ y el traslado al Ministerio de Justicia,  lo cual está dilatando su entrada en vigor.   
 En cuanto tengamos noticias de cuándo va a ser efectiva os lo comunicaremos.

8 de julio de 2015

SPJ-USO Andalucía. Solicita renegociar la normativa Comisiones Servicios y mejorar la actual normativa de Jornadas y Horarios.

El pasado 1 de julio  mantuvimos una reunión bilateral entre SPJ-USO y el equipo directivo de la Consejería,  en el que repiten el Consejero,  la Viceconsejera y la Secretaria General de Justicia;  no así la Directora General, cuyo cargo será renovado en breve.
En dicha reunión le trasladamos nuestras reivindicaciones sobre Comisiones de Servicio y Orden de Jornada y Horario, lo reproducimos a continuación:

COMISIONES DE SERVICIO y ORDEN DE JORNADA Y HORARIO: también le hicimos ver al Consejero de Justicia la necesidad de abordar una nueva negociación tendente a mejorar estas deficientes regulaciones en la linea que se indica en nuestro escrito adjunto, ya que en su día se cerraron en falso al no contar con apoyo sindical alguno por no cubrir las expectativas que demandaba el colectivo de funcionarios andaluces.   

Contenido del escrito presentado al Consejero sobre LO QUE PIDE SPJ-USO A LA CONSEJERIA en este tema:


-MEJORA DE LA ACTUAL REGULACIÓN DE JORNADA Y HORARIO,  que permita una mejor conciliación de la vida laboral y familiar,  eliminando la pausa artificial que se impuso desde la Administración desde las 15:30 a las 16:00 horas,  posibilitando la realización de la jornada flexible durante las tardes de lunes a jueves, y haciendo coincidir la parte obligatoria con la que se cumple en la Administración General de la Junta de Andalucía (donde dicha parte obligatoria termina a las 14:00 horas y no a las 14:30 como ocurre en Justicia).

3 de junio de 2015

SPJ-USO Andalucía. Jornada reducida de verano 2015.

Jornada de Verano 2015

Del 16 Junio al 15 Septiembre

JORNADA DE TRABAJO de lunes a viernes de 32 hrs. y 30 min./ sem.

HORARIO FIJO de 5 hrs./día entre las 9,00 y las 14,00 hrs. (25 hrs./sem.)

HORARIO FLEXIBLE de 1 hora y 30 min./día (7 hrs. y 30 min./sem.) entre las 7’30 a 9’00 y las 14,00 a 15’30 horas.

NOTA.- Hay que descontar del horario flexible los 15 min./dia de cortesía que disfrutamos durante todo el año.

Te recordamos que en nuestros calendarios de pared tienes actualizado la jornada de trabajo de todo el año 2015.

27 de marzo de 2015

SPJ-USO Andalucía: Jornada de Semana Santa.

Durante los días 30 y 31 de marzo y 1 de abril SEMANA SANTA, la jornada REDUCIDA de trabajo será DE 7 HORAS DIARIAS, entre  las 9´00 y las 14 horas, en horario de obligada presencia y en horario flexible entre las 7,30 y las 9,00 y entre las 14,00 y las 15,30 horas.


Respetándose lo dispuesto en el párrafo segundo del punto 1 del art. 3 de dicha Orden. (En cumplimiento  del apartado 1 del art. 135 de la Ley 1/2000 de 7 enero, de Enjuiciamiento civil, respecto de la presentación de escritos sometidos a término, en las unidades previstas en este apartado deberá permanecer hasta las 15 horas el personal necesario (se entiende que por turnos) para la recepción y registro de los mismos.
El personal que por este motivo no pueda disfrutar de la jornada reducida tendrá derecho a disfrutar la misma el día laborable anterior al inicio de la fiesta local o el día laborable siguiente a la finalización de aquella.

8 de abril de 2014

SPJ-USO Andalucía: Horario de Semana Santa.

HORARIO DE SEMANA SANTA: 

Los dias 14, 15 y 16 de Abril habrá jornada reducida de 7 horas.

Horario de obligada presencia: de 9 a 14 horas.

Horario flexible: de 7,30 a 9 horas y de 14 a 15,30 horas.

Hemos solicitado a Delegación que pongan nota en el HERMES. Hemos podido comprobar que se ha efectuado.

El resto de jornada del año las podeis consultar en nuestros calendarios de pared.




Imágenes integradas 1

7 de marzo de 2014

SPJ-USO Andalucía: Horario reducido en Semana Santa.

JORNADA REDUCIDA EN SEMANA SANTA.

En los calendarios de pared de SPJ-USO Andalucía podéis consultar todos los tipos de jornada a lo largo del año. Concretamente en SEMANA SANTA tenemos horario reducido de la siguiente forma:

Jornada: 7:00 horas // Horario Rígido: 9 a 2.


11 de septiembre de 2013

SPJ-USO Andalucía: a punto de finalizar el horario de verano.


Os recordamos que el PROXIMO 15 DE SEPTIEMBRE finaliza el horario de verano.

 A CONTINUACION REPRODUCIMOS LA INFORMACION SOBRE JORNADA LABORAL EN LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA EN ANDALUCIA. DESCARGATE EL CUADRO ACTUALIZADO:


SPJ-USO Andalucía: Cuadro actualizado horario Admón Justicia Andalucía 2013, descárgatelo.



CUADRO ACTUALIZADO HORARIO ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN ANDALUCÍA 2013 

Descargate el nuevo horario, pulsa.

RECUERDA QUE TODOS LOS LUNES DIFUNDIMOS NUESTRO Boletin Semanal. ¡TIENES DERECHO A ESTAR INFORMADO, USALO¡

24 de mayo de 2013

SPJ-USO Córdoba: HORARIO DURANTE LA SEMANA DE LA FERIA DE NUESTRA SEÑORA DE LA SALUD 2013 CORDOBA

DIA DE PERMISO PARA LA FERIA, DE MOMENTO SOLO PARA LOS COMPAÑEROS DE LA CAPITAL.
SPJ-USO reiterará su petición para que los COMPAÑEROS DE LOS PUEBLOS puedan disfrutar de este día.

Este permiso ha sido ofrecido por la Delegación para equipararnos a los funcionarios de la Junta que vienen disfrutándolo desde años atrás, pero solo para los de la capital. Agradecemos la concesión, PERO consideramos que se comete una discriminación con respecto al resto de compañeros/as de LOS PUEBLOS, por lo que seguiremos insistiendo en que se concedan al RESTO. ¡Os informaremos de NUESTRAS GESTIONES AL RESPECTO¡.

 DURANTE LA SEMANA DE FERIA EN CORDOBA CAPITAL EL HORARIO ES EL SIGUIENTE:

JORNADA DIARIA: 7 HORAS.
PARTE RIGIDA (de obligada presencia): 9 a 2.
PARTE FLEXIBLE: 7,30 a 9,00   y de 14,00 a 15,30.





SPJ-USO:”TUS DERECHOS, NUESTRO TRABAJO”

16 de mayo de 2013

SPJ-USO Córdoba: información sobre horarios recibida de la delegación de Córdoba. 15 minutos cortesia, juzgados instrucción juicios faltas inmediatas....


A)Respecto del horario de los juzgados de instrucción y Fiscalía durante la celebración de los juicios de falta inmediatos

PARA CONOCIMIENTO DEL PERSONAL ADSCRITO A JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN DE CÓRDOBA Y FISCALÍA (GUARDIAS DE JUICIOS INMEDIATOS):

El horario en Jornada de Guardia de los Juicios Inmediatos de Faltas es continuado de 9:00 a 19:00 horas con hora y media para almorzar y el sistema Hermes cuenta como jornada completa que es de 7:30 horas (ticando solamente a la entrada y a la salida).

Si se hace uso del derecho de salir a almorzar con ticaje, el sistema computa como si faltase parte del horario (el de la comida).

Por todo ello, los funcionarios que estén de guardia de juicios inmediatos y salgan para comer deberán seguir ticando la salida para comer y luego volverán a ticar  a la entrada. Desde el Administrador Hermes se les completará manualmente el periodo de la comida para que no pierdan nada.

Otras consultas o reclamaciones planteadas referidas al nuevo sistema de control horario HERMES están siendo objeto de estudio y valoración.

Secretaría General Provincial
JUSTICIA E INTERIOR
CÓRDOBA

b)Respecto de los 15 minutos de cortesía

PARA CONOCIMIENTO DE TODO EL PERSONAL DE JUSTICIA CÓRDOBA:

A raiz de algunas consultas y quejas recibidas sobre el cómputo de los 15 minutos de cortesía acordados por la DG de Oficina Judicial, se informa que desde hace ya días, el sistema Hermes contempla y computa perfectamente a cada funcionario los indicados 15 minutos de cortesía que suma automaticamente al tiempo realmente realizado en la parte flexible del horario.

En la opción “Detalle del cálculo” cada funcionario puede constatar que se aplican los 15 minutos de cortesía y así aparece reflejado de forma expresa y se contabilizan (dichos 15 minutos de más) en el tiempo realmente realizado de horario flexible.

Hemos hecho las comprobaciones pertinentes en varios funcionarios extraídos al azar y en todo los casos les aparecen los 15 minutos de cortesía contabilizados a su favor.

Lo que se comunica para conocimiento general.
  
SECRETARÍA GENERAL PROVINCIAL
JUSTICIA E INTERIOR
CÓRDOBA

19 de marzo de 2013

Aclaraciones del Área de Justicia de la Delegación del Gobierno en Córdoba ante el escrito planteado por SPJ-USO.




A continuación os transcribimos LA RESPUESTA RECIBIDA:

ACLARACIONES DUDAS PLANTEADAS
SOBRE NUEVA ORDEN DE HORARIOS DE JUSTICIA

NOTA: todas las aclaraciones que a continuación se exponen son provisionales y serán aplicables en la provincia de Córdoba en tanto la DG de Oficina Judicial y F, órgano competente en materia de personal, no disponga otra cosa.

1. Horas realizadas de más por diligencias y actuaciones procesales urgentes o inaplazables (Juzgado Violencia Mujer, alargamiento de juicios más allá de las 15.30 u otros supuestos excepcionales): si son dentro del horario general (entre las 7.30 y las 15.30 o entre las 16.00 y 20.00 los lunes y martes) se contarán como horas normales realizadas por el funcionario en su haber, pero si se realizan fuera de dicho horario (de 15.30 a 16.00 lunes y martes, a partir de las 15.30 los miércoles, jueves o viernes) se contarán al doble, siempre que se aporte certificado del Secretario que deje constancia de la actuación urgente e inaplazable por necesidad del servicio.
En el caso de que la prolongación de jornada por diligencias urgentes e inaplazables (comparecencias, juicios, declaraciones…) se realice los lunes o martes no es necesario que el funcionario tique a las 15.30 y de nuevo a las 16.00, sino solamente a la salida. Los miércoles, jueves o viernes solo se tica a la salida cuando se abandone el Juzgado. Y en ambos casos se contará al doble el tiempo trabajado fuera de la jornada laboral previa aportación del indicado certificado.

2. Horario de mañana y de tardeal margen de las diligencias y actuaciones urgentes e inaplazables debidamente certificadas y al margen también de las guardias, el horario ordinario de mañana finaliza en todo caso a las 15.30 y el de tarde (lunes y martes) comienza a las 16.00. Con carácter general (salvo lo previsto en el punto anterior) los 30 minutos entre las 15.30 y las 16.00 horas no se computan como trabajo realizado. Si el funcionario termina su jornada de mañana los lunes y martes antes de las 15.30 y quiere trabajar por la tarde, debe hacerlo a partir de las 16.00 h. Si el funcionario un lunes o martes prolonga jornada y trabaja por la tarde la media hora de 15.30 a 16.00 h no le cuenta.

3. Bolsa de horassalvo instrucciones en contra de la Dirección General competente, la bolsa de horas de 19 h y 30 minutos para 2013 previstas en el Anexo de la Orden no hay que cumplirlas ni se va a adoptar decisión alguna al respecto. No se van a computar las horas realizadas de más con cargo a dicha bolsa de horas.

4. Vacacionesestamos pendientes de la instrucción u orden de la Dirección General (se está negociando) para poder conceder días de vacaciones sueltos, aunque aún no es posible legalmente ni la aplicación Hermes lo permite. A efectos de cómputo horario, es indiferente que las vacaciones se disfruten dentro o fuera del periodo de verano (16 de junio a 15 septiembre).

5. Medidas adicionales de flexibilidad horariatodo funcionario que solicite formalmente la flexibilidad horaria prevista en el apartado 1 (1 hora) y 2 (2 horas) del art. 4 de la nueva Orden y que acredite documentalmente la situación familiar alegada, sin necesidad de certificación del Secretario Judicial, se le autorizará por escrito la citada flexibilidad respecto a la parte fija del horario de jornada, flexibilidad que no altera el cumplimiento de la jornada semanal de 37 horas y media de trabajo efectivo. Tal flexibilidad máxima de 1 o 2 horas será administrada discrecionalmente por el funcionario conforme a sus necesidades con total libertad y podrá optar por utilizarla o no diariamente, por hacerlo al principio o al final de la jornada y el tiempo que estime necesario con el máximo de 1 o 2 horas al día, respectivamente. Ambos regímenes de flexibilidad (apartado 1 y 2) no son obviamente acumulables y el derecho a flexibilizar 1 o 2 horas es independiente del número de hijos.

6. Jornada de veranodel 16 de junio al 15 de septiembre, la jornada será de 8.00 a 14.30 de lunes a viernes de presencia obligada. Entendemos que pese al carácter fijo del horario de verano, los funcionarios podrán trabajar desde las 7.30 a las 8.00, y desde las 14.30 al menos hasta las 15.00 teniéndolo a su favor, lo que será propuesto a la Dirección General. No hay que olvidar que hay órganos donde se hacen turnos para cubrir la presentación de escritos hasta las 15.00.

7. Compensaciones horariasconforme al art. 13 de la nueva Orden y la Orden JUS/615/2012, las compensaciones horarias deben materializarse en el mes siguiente, tanto para recuperar déficit acumulados como para disfrutar posibles superávit. No obstante, en este último supuesto existirá una cierta flexibilidad por motivos justificados.

8. Días 24 y 31 de DiciembreCuando el art. 15 de la nueva Orden se refiere a la excepción de oficinas de atención a la ciudadanía, entendemos que igualmente están excluidos los servicios de guardia



8 de enero de 2013

Andalucía: Horario 37,5 ¿Cuándo? - Días Asuntos Particulares ¿hasta Marzo? - Modificaciones EBEP: permisos y vacaciones....


HORARIO 37,5 ¿Cuándo? – DIAS ASUNTOS PARTICULARES ¿hasta marzo?........ Modificación EBEP.
¡Buenos días, compañeros! martes, 08 de enero de 2013
Adjuntamos BOLETÍN INFORMATIVO ESPECIAL ESTATUTO BASICO EMPLEADO PUBLICO (EBEP): resumen del EBEP con las modificaciones recientes, art. 48 y 50 relativo a PERMISOS Y VACACIONES(a raíz del Decreto de Rajoy 20/2012 de 13 de Julio). El resto del contenido del EBEP es similar al aprobado en 2007. (Descárgatelo o visita nuestro blog de Andalucía).

1.- ¿CUÁNDO ENTRARA EN VIGOR LA NUEVA JORNADA DE 37,5 EN ANDALUCIA?.

Cuando se publique en el BOJA la nueva normativa sobre jornada y horario y calendario laboral ESPECIFICA PARA ANDALUCIA, que se prevee se efectúe en los próximos días, mientras, no se puede aplicar la nueva jornada.

2.- ¿EN ANDALUCIA SE PUEDEN DISFRUTAR LOS DIAS DE ASUNTOS PARTICULARES HASTA MARZO?

NO. Al menos a fecha de hoy la Consejería no se ha pronunciado en contra, a pesar de haberse solicitado por SPJ-USO que se nos aplicará, al igual que en otras comunidades autónomas, dicha prorroga.

3.- BOLETIN ESPECIAL ESTATUTO BASICO EMPLEADO PUBLICO: información y aclaración sobre algunas cuestiones importantes
- Grupos Profesionales.
- Evaluación del Desempeño.
- Retribuciones.
- Personal Estatutario y el EBEP.
- Permisos y Vacaciones.

 Boletín Resumen del EBEP, con las últimas modificaciones
Modificados los artículos 48 y 50 del EBEP
Adjuntamos el enlace al Boletín Resumen del EBEP, que se encuentra publicado en nuestra Web, y que incluye las modificaciones previstas en el Real Decreto 20/2012, de 13 de julio, sobre Vacaciones y Permisos.



Información para afiliados/as:
Promociones para Afiliados y Afiliadas a SPJ-USO Septiembre 2012, PULSA EN SIGUIENTE ENLACE (funciona fuera del trabajo):




19 de octubre de 2012

Mesa Técnica Justicia Andalucía 2012

viernes, 19 de octubre de 2012
Resultado de la reunión mantenida en el día de ayer con la Consejería de Justicia














Descarga esta circular de este post haciendo clic aquí.
Al comienzo de la Mesa,  por  SPJ-USO  se manifestó a la Administración que la propuesta de jornada y horario que nos habían trasladado supone un agravio hacia los funcionarios de la Administración de Justicia de Andalucía, pues endurece, injustificadamente, tanto la regulación que la propia Junta ha hecho para sus propios funcionarios, como también la regulación que se ha hecho por otras Comunidades con transferencias en materia de Justicia, como es el caso de Asturias, que por cierto está gobernada por el mismo partido que Andalucía. Tras esta valoración inicial se entró en el análisis y propuestas de enmienda del articulado, siendo lo más destacado lo siguiente:
Artículo 2: la propuesta de la Consejería de Justicia establece en el punto 2 de este artículo: “en ningún caso el cumplimiento del horario establecido justificará la interrupción de diligencias y actuaciones procesales o la suspensión de la que tenga carácter urgente e in-aplazable. A tal efecto podrá establecerse una bolsa de horasLa primera parte de este artículo es una copia de la normativa del Ministerio de Justicia que regula la duración de la jornada general de trabajo en la Admon de Justicia (orden 615/12 de 1-3-12), pero no así la última frase, referida a la posibilidad de establecer una bolsa de horas. Como quiera que desde nuestro sindicato teníamos dudas de en que consistía esta bolsa y como operaba, preguntamos al respecto a la Administración, la que nos informó que esta figura de la bolsa de horas  ya está en otros territorios como Cataluña, y que estaban abiertos a concretar como y cuando opera la misma. Desde SPJ-USO vemos interesante este figura (pues de no existir implicaría trabajar unos 15 minutos más de media cada día, durante todo el año) siempre y cuando se cumplan las siguiente premisas, y así se lo trasladamos a la Administración: 1.- que tenga consideración de horas estimadas de disponibilidad, y que si no se han utilizado en todo o en parte, a final de año se tengan por realizadas de todas formas, sin que tengamos que cumplirlas de una forma efectiva. 2.- que a efectos de definir que se consideran diligencias y actuaciones procesales con carácter urgente e inaplazable, desde SPJ-USO propusimos que se adicionara este artículo en el sentido de concretar que se ha de tratar de diligencias urgentes e inaplazables, con intervención de partes y por cuya suspensión pudiera producirse un perjuicio irreparable a alguna de las partes del proceso. 3.- Que esta bolsa operaría hasta las 17:00 horas, a partir de la cual se aplicarán las compensaciones previstas en el art. 7 de la orden 615/12 de 1 de marzo del Ministerio de Justicia, antes referida, y dichas compensaciones se computarían dentro del horario flexible del mes en curso. Este artículo 7 establece que cada hora trabajada a partir de las 17:00 horas habrá de computarse como dos horas, y a partir de las 22:00 horas, así como sábados, domingos y festivos, como dos horas y media. La Administración se comprometió a estudiar nuestra propuesta, y en principio pareció estar dispuesta a introducir estos cambios.
Artículo 3. HORARIO GENERAL: la propuesta de la Junta consistía en un horario por la mañana de 7:30 a 15:30 horas de lunes a viernes,  y por la tarde, sólo los lunes y martes entre las 16:00 y las 19:00 horas, con una parte fija diaria de 9:00 a 14:30 horas. En este punto, desde SPJ-USO denunciamos el agravio que suponía y que la misma se cargaba de un plumazo la flexibilidad horaria y limitaba enormemente la conciliación de la vida familiar y laboral. Le hicimos ver que incluso la Instrucción 1/12 de la Secretaría General para la Administración Pública de la Junta de Andalucía en materia de jornada laboral (que afecta a los propios funcionarios de la J.A.) es más benévola que está, a pesar que ellos no tienen la grave limitación del art. 2,  arriba reflejada, lo cual por la vía de hecho nos limita la flexibilidad en determinadas ocasiones. También le demostramos que en otros territorios de su mismo color político, como Asturias, recientemente se había dictado resolución  regulando esta materia (B.O. del Principado de Asturias de 8-10-12 Resolución de 1-10-12 de la Consejería de Presidencia), estableciendo una jornada ininterrumpida desde las 7:30 a las 19:30 horas, con un horario fijo de 5:30 horas entre las 8:30 y las 14:30 horas (similar al que tenemos en la actualidad nosotros), y siendo dicha jornada de lunes a viernes, sin exclusión de ninguna tarde. Por la Administración se nos espetó que en Asturias cobran 160 euros menos al mes de complemento específico que nosotros, a lo que respondimos que la carga de trabajo que soportamos en Andalucía es muy superior a la de Asturias, y que si se valorase esto nos correspondería cobrar incluso más.
La propuesta de SPJ-USO en esta materia fue: Jornada ininterrumpida de 7:00 a 19:00 horas de lunes a viernes, con un horario fijo de 5 horas entre las 9:00 y las 14:00 horas y con supresión, por tanto, de la interrupción  de 30 minutos que propone la Junta, entre las 15:30 horas y las 16:00 horas, pues es común que, por necesidades del servicio (véase el art. 2 antes citado) tengamos que prolongar nuestra jornada más allá de las 15:30 horas, y sería una incongruencia que desde las 15:30 a las 16:00 horas no se nos compute ese tiempo y estemos en un “limbo horario”.
La Consejería mostró su intención de mejorar su propuesta y equipararnos en varios aspectos a sus cuerpos generales, en este sentido manifestaron estar dispuestos a aumentar el horario flexible de tarde hasta las 20:00 horas, incluir el jueves por la tarde como horario flexible y reducir el fijo a 5 horas (de 9:00 a 14:00 horas), no obstante se mantuvieron inflexibles en la interrupción del fichaje de 15:30 a 16:00  horas, en adelantar la entrada a las 7:00 horas (porque conllevaría, según ellos, un mayor gasto en seguridad priva-da), y en incluir los miércoles y viernes por la tarde como horario flexible.
Artículo 8. JORNADA DE VERANO: Desde SPJ-USO solicitamos que la jornada de verano se ampliase desde el 16 de junio al 15 de septiembre, como está en la actualidad, y con un horario flexible que empiece a las 7:30 horas y concluya a las 15:30 horas (como tienen los propios funcionarios de la Administración General de la J.A.). La Administración se mostró dispuesta a estudiar esta propuesta y nuestras propuestas de calendario laboral con inclusión de estas modificaciones.
Artículo 9.- JORNADA REDUCIDA POR FIESTAS TRADICIONALES DE ÁMBITO LOCAL: Aquí solicitamos una reducción del horario fijo y un horario flexible similar al de la jornada de verano antes referida, desde SPJ-USO también solicitamos que, al igual que tienen los Cuerpos Generales de la J.A., se nos aplicase una jornada reducida en Navidad y en Semana Santa. Aquí la Administración entró en contradicción, al alegar inicial-mente que no estaban previstas estas jornadas reducidas por la orden del Ministerio 615/12 de 1 de marzo, para  (tras la presión que ejercimos sobre la misma), terminar alegando que como quiera que en Justicia si tenemos calendario laboral y los funcionarios de la Junta no, cualquier reducción en una jornada, implica que ha de aumentarse la jornada ordinaria, pues han de cumplirse anualmente las 1625 horas mínimas que ordena el Ministerio. ES DECIR LA PRUEBA EVIDENTE DEL AGRAVIO que se está cometiendo con nuestro colectivo, con una regulación mucho más gravosa que la de los propios cuerpos Generales de la Junta de Andalucía.
Artículo 11.- SERVICIOS DE GUARDIA: La Consejería parece haberse dado cuenta de que se estaba metiendo en un barrizal y solicito no entrar en este punto, por entender que no era el momento oportuno y propuso retirarlo del texto del borrador de la Orden, ante lo cual SPJ-USO entiende que para aceptar eso la Admón. debe comprometerse a iniciar de forma inmediata una negociación en este punto, a lo que la Admón.  propone iniciar las negociaciones antes de final de año con la formación de grupos de trabajo para su estudio porque, dicen, ven la necesidad de regular-lo debido a las lagunas que existen en dicho tema, algo que desde SPJ-USO venimos insistiendo desde hace tiempo, sobre todo por la situación en que se encuentran los compañeros que desempeñan sus funciones en los IML, carentes hasta ahora de régimen alguno de libranzas y descansos por guardias.
Artículo 12. COMPENSACIONES HORARIAS: En cuanto a las compensaciones horarias la Admón. ofreció la opción de mantener o retirar este articulo. SPJ-USO pidió la adición en este artículo de que se pudiera  compensar el exceso de horas realizado en un mes, provocado por cualquier circunstancia, a cargo del horario flexible del mes siguiente, así como que se estableciera, al igual que hace la regulación de horario de Asturias, que “entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente, por motivos de salud laboral, el des-canso mínimo será de 13 horas y el descanso mínimo semanal de 36 horas”.    
Artículo 13.- JUSTIFICACIÓN DE AUSENCIAS: La Consejería admitió suprimir en el apartado 3 párrafo según-do de este articulo, la referencia a que antes de pro-ceder a la deducción económica el funcionario afecta-do tendrá opción para poder recuperar el horario no cumplido “en la primera semana” y añadir “en el siguiente mes”, como así solicitó SPJ-USO. Igualmente solicitó que no se considerara falta ni ausencia el acompañar a visitas medicas a personas dependientes, niños y ancianos, con la debida justificación y que se entendiese como el cumplimiento de un deber in-excusable relacionado con la conciliación de la vida familiar y laboral (Ley 7/2007 de 12 de abril, art. 48,1,j), a lo que la Admón. accedió a introducirlo en el nuevo manual de vacaciones, permisos y licencias que van a redactar.
Artículo 14.- DIAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE: SPJ-USO pidió, en lo referente a los días 24 y 31 de diciembre, que se mantuviera para los servicios de guardia la compensación de dos días de permiso para cuando dicha guardia coincida con los días 24 o 31 de diciembre, lo que según la Consejería sigue vigente y esta incluido en el manual de vacaciones permisos y licencias, pero que aun así, atenderán a la petición de modificarlo en el texto.
Artículo 15.- CONTROL DE HORARIO: En cuanto al control horario en sí, no admite la Conserjería negociación alguna al respecto y tan solo accede a cambiar en el texto la referencia a la “comunicación” a las organizaciones sindicales por la de “traslado” a las mismas.
En este apartado desde SPJ-USO abogamos, una vez más, por el mantenimiento de los 15 minutos de cortesía en el fichaje tanto a la entrada como a la salida, fundamentando nuestra petición en el hecho de que el fichaje en Justicia lo tenemos que hacer obligatoriamente en nuestro propio puesto de trabajo y ordenador, mientras que en el resto de organismos se hace a la entrada y salida del edificio, con lo cual estamos perdiendo tiempo tanto a la entrada como a la salida, motivado también por la lentitud con la que se inicializan los ordenadores.
Aquí la Administración, una vez más, se mostró reacia al mantenimiento de la cortesía en el fichaje.
Por la Administración se manifestó que una vez modificado el texto del borrador de jornada y horario, con aquellas enmiendas que sean admitidas, nos darán nuevo traslado del mismo antes de llevarlo a la Mesa Sectorial para su aprobación definitiva.
En cuanto a las vacaciones, la Consejería apuntó la posibilidad, si es que así se acordaba en Mesa Sectorial para la Admón. Gral. de la JJ.AA. de que las vacaciones se pudiesen disfrutar en periodos inferiores a 5 días.
La Administración quiere editar un nuevo Manual de Vacaciones, permisos y licencias antes de que se implante de forma general en toda Andalucía la nueva herramienta de control Hermes, que, por otra parte, quiere tener en funcionamiento en todo el territorio a primeros de enero de 2013. De este Manual nos entregarán a los sindicatos un borrador una vez que lo tengan confeccionado y en el que se regulará el silencio administrativo y otros aspectos. En cuanto a la justificación de ausencias (art. 13) la Admón. dijo estar pendiente de formalizar determinados cambios en  Hermes y una vez realizados nos lo notificaran.
También nos manifestaron que el Hermes mejorado y que está siendo probado en los Juzgados de Violencia de Sevilla desde hace unos meses va a ser extendido a partir de hoy a los juzgados de familia y de menores también de Sevilla y el día 22 de octubre se extenderá a su vez a 4 juzgados de paz de la provincia de Sevilla para más tarde hacerlo a algunos órganos de otras provincias y, definitivamente, en enero de 2013 implantarlo en toda Andalucía.
Por último, y fuera del orden del día SPJ-USO le preguntó a los representantes de la Conserjería por la apertura de la Bolsa de Interinos contestando la administración que la convocatoria de bolsa quedaba supeditada a la aprobación de la modificación de la orden actual, de la cual, por cierto, no nos han dado traslado aún de borrador alguno, porque entienden que hay que cambiar muchos aspectos importantes referidos a la baremación de nuevas titulaciones, actualización de meritos, etc…, aunque llegó a ofrecer la posibilidad, si había acuerdo de los cinco sindicatos, de convocar la bolsa con la actual regulación.