13 de noviembre de 2014
SPJ-USO: Negociación catálogo de garantias ante la NOJ. Algún avance, aunque escaso.
Grupo de trabajo 11-11-14
NEGOCIACIÓN CATÁLOGO DE
GARANTIAS ANTE LA NOJ
algún avance, aunque escaso
Tras
el envío del segundo borrador del catálogo de garantías ante la implantación de
la Nueva Oficina Judicial y Fiscal (a las 22:34 horas del 12-11-14) el mismo contiene algún avance sobre la
propuesta inicial, aunque claramente
insuficiente.
En el Grupo de trabajo celebrado el
pasado día 11 se ha analizado el borrador de Garantías del que nos hizo entrega
el Consejero de Justicia el pasado día 28
de Octubre.
Por parte de SPJ-USO se hizo ver a la
Viceconsejera, que presidió esta Mesa,
que la propuesta se queda muy corta en comparación con la
propuesta anterior de la propia Junta de 2011 o en comparación con el Acuerdo
de Garantías suscrito en territorio Ministerio en 2010.
Es más, esta propuesta no garantiza
plenamente, como si hacen las otras dos antes mencionadas, el mantenimiento de
nuestras retribuciones, pues:
1.- La Consejería insiste en mantener
la fórmula del CPT (complemento personal transitorio) aunque según
manifiesta solo se utilizará en casos excepcionales y “como garantía de las
retribuciones de los funcionarios afectados”. Esto nos suena a la
cantinela utilizada por CC.OO y UGT para justificar la cláusula del CPT que se
incluyó en el acuerdo-marco de 2005, y que fue uno de los principales motivos
de que ese acuerdo marco fuese rechazado mayoritariamente por el colectivo y
por nuestro sindicato en la huelga de 2005.
Como le hemos recordado a la Viceconsejera,
el CPT lejos de ser una garantía, supone una hipoteca sobre el salario del
trabajador afectado, pues cualquier subida que tuviere, sería absorbida en
parte por este CPT, lo cual implica, a medio y largo plazo una perdida
paulatina de retribuciones.
Además desde SPJ-USO le hemos recordado que el CPT está ya plenamente superado por 3 motivos:
Además desde SPJ-USO le hemos recordado que el CPT está ya plenamente superado por 3 motivos:
1.- Porque así se recogió en la redacción del acuerdo retributivo andaluz 2008-2009, al explicitarse en el mismo que las cantidades contenidas en él se consolidarían en el futuro complemento específico y que las mismas serían PLENAS (sin hipotecas).
2.-
Porque el acuerdo de garantías del territorio Ministerio de 2010 recoge
expresamente que las retribuciones del personal afectado se garantizan, sin que
puedan ser objeto de absorción o compensación (vía CPT, por ejemplo)
3.- Porque el principio de acuerdo de
Garantías con la Consejería de 2011, nada establecía al respecto.
2.- Por otro lado y en relación con
las GUARDIAS, NO pueden garantizar que las mismas se realicen con la misma
periodicidad que en la actualidad en todos los supuestos, pues pretenden
compensar algunas Jefaturas de Equipo mediante la atribución del derecho a
hacer guardias, y ello a fin de
compensar las cantidades, pírricas nos tememos, que pretenden ofrecer como incremento de complemento específico
para esas Jefaturas. Esta
fórmula, con la que estamos en total desacuerdo desde SPJ-USO, no ha sido utilizada por el Ministerio ni
por otras Comunidades Autónomas, pues una
de las premisas básicas respecto de los puestos con guardias, es que los
mismos han sido considerados en todo momento puestos genéricos (a los
que se accede por antigüedad) y no singularizados (a los que se accede mediante
concurso de méritos, como es el caso de las Jefaturas)
Tras escuchar las alegaciones de la
parte sindical, la Consejería se comprometió a trasladarnos un NUEVO
BORRADOR, requiriéndonos para que
aportásemos nuestras alegaciones al mismo en el plazo de una semana.
Una vez hemos recibido y analizado este
segundo borrador, el mismo sigue sin cumplir con nuestras expectativas,
pues la Consejería no ha retirado la cláusula del CPT y la
sigue manteniendo con idéntica redacción.
Respecto del derecho a realizar y percibir las Guardias en la NOFJA
con la misma periodicidad con que se hacen actualmente, la Consejería ha dado una nueva redacción a
este apartado que sigue sin garantizar este extremo de forma clara, al introducir la siguiente redacción: “.... y en lo posible, con la misma frecuencia con que actualmente lo
desarrollan, en los términos que se determine en la negociación de la correspondiente Orden de implantación.”
Tal y como entendemos en SPJ-USO, un catálogo o
documento de GARANTÍAS debe servir precisamente para eso, para garantizar un catálogo de derechos y en
esa misma medida tranquilizar y hacer más serena y menos traumática para
nuestro colectivo el tránsito desde el modelo actual al nuevo modelo de Oficina
Judicial y Fiscal, pero desde la
Consejería de Justicia no deben entender lo mismo que nosotros cuando introducen
expresiones ambiguas y abiertas a la interpretación tales como “....y en
lo posible, ….” o cuando en
el mismo apartado se afirma por un lado que “los funcionarios no verán
disminuidas las retribuciones complementarias fijas que perciban en el momento
de la implantación de la Oficina Judicial, en caso de que con motivo de su
acoplamiento pasasen a ocupar un puesto genérico con menores retribuciones
complementarias.” y acto seguido
se afirma todo lo contrario al establecer un complemento personal transitorio
en esos mismos supuestos que, como
antes hemos detallado, lo único que
garantiza es que no nos quitarán de golpe una parte de nuestras retribuciones,
sino poco a poco.
Por lo demás, este documento incluye algún avance, aunque
claramente insuficiente, sobre la
propuesta inicial, que os resumimos seguidamente:
- En el apartado relativo a las PLANTILLAS, se ha introducido, a petición de SPJ-USO, el siguiente inciso: “La Consejería de Justicia e Interior promoverá las ampliaciones de plantilla que permita la legislación vigente, para la consolidación de los refuerzos estructurales” Pues desde nuestro sindicato entendemos que determinados refuerzos que se renuevan sistemáticamente año tras año, han de ser consolidados en plantilla cuanto antes.
- PUESTOS DIFERENCIADOS: referencia expresa a su existencia en este acuerdo, tratándose de aquellos puestos que aún siendo genéricos y por tanto de cobertura por antigüedad en concurso de traslado, conllevan una mayor retribución, e incluyendo, a petición nuestra, dentro de estos a los que conlleven la realización de guardias (con la salvedad antes referida en el punto 2, que rechazamos)
- PUESTOS SINGULARIZADOS, A petición de SPJ-USO se admite la posibilidad de que los cuerpos generales puedan ocupar también Jefaturas de Sección además de las Jefaturas de Equipo inicialmente previstas, y ello a fin de que no se nos agravie respecto de los cuerpos generales de la Junta de Andalucía. En territorio Ministerio estas Jefaturas de Sección están reservadas sólo a los Secretarios.
- GUARDIAS: Se admite, a petición de SPJ-USO, que los equipos que las realicen en la NOJF estén formados por las mismas personas que actualmente las hacen en cada Juzgado, lo cual redundará en una mejor prestación y calidad del servicio, al evitarse las rotaciones aleatorias que no lo beneficiarían.
- ADSCRIPCION DE PUESTOS EN SECCIONES: Se incluye un apartado nuevo con este título e idéntico contenido al incluido en el acuerdo de garantías del Ministerio de 2010, lo que es positivo.
- FORMACIÓN: Se establece, a solicitud de SPJ-USO, la necesidad de realizar actividades formativas con carácter previo a la puesta en funcionamiento de la NOJF.
SPJ-USO: La
independencia y la transparencia,
nuestra razón de ser.
