19 de abril de 2013
SPJ-USO INFORMA: El Tribunal Supremo amplía la protección de las madres trabajadoras
En 2009 el Tribunal Supremo declaró, en dos revolucionarias sentencias -de 30 de abril y 6 de mayo- que el despido de una trabajadora embarazada es nulo, aun cuando el empresario no supiera que la empleada estaba embarazada e incluso cuando no lo supiera ella misma. Ahora va más allá y aplica, por primera vez, esta misma doctrina en relación a la trabajadora que, en el momento de ser despedida, esté disfrutando de una reducción de jornada por cuidado de un hijo menor.
El ponente, el magistrado Souto Prieto, resuelve el caso de una trabajadora que en 2010 solicitó, y obtuvo, unareducción de jornada para el cuidado de un hijo menor y, hallándose en esta situación fue despedida, alegando el ayuntamiento contratante unos hechos motivadores del despido que eran ajenos a la situación de reducción de la jornada laboral.


