23 de abril de 2013
Nota de Prensa conjunta de la Plataforma Andaluza en defensa de la Justicia: respuesta al Presidente TSJA
LOS FUNCIONARIOS RECUERDAN AL PRESIDENTE DEL TSJA QUE "QUIENES NO FICHAN SON LOS JUECES".
RECORTES DE PRENSA DEL 23.4.13, DESCARGATELO:
NOTA DE PRENSA
MEMORIA
DEL TSJA 2012, VISIÓN SESGADA Y ULTRACORPORATIVISTA DE LA JUSTICIA. ¿RESPETA EL
PRESIDENTE DEL TSJA LA TRANSFERENCIA DE LA JUSTICIA A LAS COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
ANDALUCIA?
Las
centrales sindicales CSIF, SPJ-USO, CCOO, STAJ y UGT integrantes de la
plataforma sindical de la administración de Justicia de Andalucía, en relación
con la Memoria del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía hecha pública
recientemente, sobre lo que entiende por “disfunciones en el entorno laboral”
queremos hacer las siguientes consideraciones:
1) En
primer lugar destacar que la administración de justicia es la que soporta más
carga de trabajo de todas las existentes, sean de naturaleza estatal,
autonómica o local. En Andalucía sólo hay 7.000 funcionarios.
2) Es
rotundamente falso que no haya control horario o que éste sea casi inexistente.
Los funcionarios de la administración de justicia destinados en Andalucía,
tenemos establecido desde hace más de una década un sistema de fichaje, a
través de una aplicación informática denominada "Hermes". Dicha
aplicación está instalada en cada uno de los ordenadores, de manera que el
funcionario, tanto a la entrada como a la salida de su puesto, debe fichar en
su respectiva aplicación, aunque es un sistema que perjudica al trabajador ya
que el inicio del sistema operativo ralentiza la operación de fichaje.
Desde que
el funcionario entra en su centro de trabajo, por ejemplo, el edificio judicial
de La Caleta, llega a la zona de los ascensores, consigue poder hacer uso de
uno de ellos para poder acceder a su Juzgado, enciende el ordenador y se carga
el sistema operativo, suelen pasar de diez a quince minutos de media.
El fichaje
se produce una vez que han transcurrido dichos diez minutos, pese a que el
funcionario ya se encuentra en su centro de trabajo, a diferencia de los
empleados públicos de la Junta de Andalucía, que fichan mediante tarjeta en la
misma entrada de sus respectivos centros.
3) Dicho
sistema de fichaje, es fiscalizado por continuas inspecciones personales que se
realizan de forma presencial por funcionarios de la Delegación de Justicia de
la Junta de Andalucía, que tienen por objeto verificar el estado del fichaje y
la presencia de los funcionarios en sus puestos de trabajo.
Además,
indirectamente es también fiscalizado por el Secretario Judicial y Juez o
Magistrado del órgano judicial correspondiente, toda vez que los mismos, tengan o no competencias directas de control
horario, es cierto que tienen la
posibilidad de denunciar los incumplimientos de asistencia y puntualidad de los
funcionarios de Justicia, en sus condición de colaboradores con la
administración autonómica, incoándose
generalmente tras esta denuncia, el correspondiente Expediente Sancionador.
4) El
funcionario de la administración de justicia destinado en Andalucía está
obligado a realizar un horario de 37 horas y 30 minutos en cómputo semanal que
es debidamente realizado a un nivel de profesionalidad y capacidad muy altos.
5) Es
totalmente incierto que si el sistema descubre alguna anomalía no pasa nada.
Las 37 horas y 30 minutos se desglosan en una parte rígida de 6 horas diarias
(30 semanales) a cumplir entre las 08:00 y las 14:30 horas y otra parte
flexible de 1 hora y 30 minutos a cumplir entre las 07:30 y las 08:00 horas y
las 14:30 y las 15:30 horas de lunes a viernes, así como los lunes y martes de
16:00 a 20:00 horas.
Cuando
algún funcionario no cumple la parte rígida del horario, directamente se le
efectúa el descuento de haberes y se le abre expediente disciplinario que puede
motivar hasta la separación del servicio.
Si el
funcionario no cumple con la parte flexible, se le permite compensar las horas
no trabajadas en el mes siguiente, bajo apercibimiento de descuento de haberes
y apertura de expediente disciplinario.
6) Por todo
lo expuesto, se evidencia que no existe falta de autoridad alguna, pues la
Delegación de Justicia de la Junta de Andalucía realiza controles periódicos,
como debe ser, para que se de cumplimiento al horario, a través del sistema
telemático de fichajes "Hermes", a través de numerosas inspecciones
presenciales en los puestos de trabajo, y mediante un procedimiento sancionador
en caso de incumplimiento, competencia en este caso del Servicio de Inspección
de la Junta de Andalucía, personal independiente y no “contaminado” por
presiones corporativas.
A este
respecto, aclarar que, desde la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial
del año 2003, los jueces y secretarios fueron
"desvestidos" de sus tareas gubernativas y por ende de
cualquier tipo de control sobre los permisos, vacaciones, licencias y horario
de los funcionarios que, desde esta fecha asumió la Comunidad Autónoma de
Andalucía pasando a ejercer los jueces las únicas funciones que
les encomienda la Constitución: "juzgar y hacer ejecutar lo
juzgado"... Esto supuso un avance en derechos para los funcionarios porque
antes, un Juez o Secretario podía denegar un permiso sin más añadiendo la
coletilla "por necesidades del servicio" , sin más, y existían
Juzgados en los que, o te llevabas bien con ellos, excediéndote en tus
funciones y realizando tareas encomendadas a cuerpos superiores, o corrías el
serio peligro de ver denegados tus permisos... Parece ser que lo que en el
fondo persigue el Presidente del TSJA es, aprovechar esta situación de
"recortes de derechos y regresiones de los mismos" para volver a
pasadas épocas preconstitucionales.
7) También
alude el referido artículo periodístico a que los funcionarios de justicia
destinados en Andalucía, toman “días de descanso”, aunque no estén aprobados o
con la oposición del Secretario Judicial.
La
concesión de permisos, licencias y vacaciones de los funcionarios de justicia
destinados en Andalucía, es competencia de la Delegación Provincial de Justicia
de la Junta de Andalucía, previo visado del Secretario Judicial del órgano
donde se halle destinado el funcionario. Habitualmente el Secretario da el
visto bueno a la concesión del permiso o emite informe desfavorable y
posteriormente la Delegación lo aprueba o lo deniega. Todo ello supeditado a
las necesidades del servicio y a los porcentajes contenidos en el Manuel de
Normas, Procedimientos y Criterios en materia de Vacaciones, Permisos y
Licencias del Personal al Servicio de la Administración de Justicia en
Andalucía donde se establecen los regímenes de permanencias.
El informe
del Secretario Judicial debe ser motivado, y si es negativo, acreditar las
circunstancias por las que dicho permiso, para el caso de ser concedido, afecta
negativamente a la prestación del servicio. En esos casos, la Delegación de
Justicia, deniega siempre el permiso.
En otras
ocasiones, el Secretario Judicial no visa el permiso en el plazo determinado
legalmente, o se opone de manera “caprichosa” y en este caso, la Delegación
aprueba el permiso, como no podía ser de otra manera. Por cierto, se alude en
el artículo a la concesión de días de descanso. No existe en nuestro reglamento
ese tipo de permiso. Únicamente se nos conceden TRES DÍAS AL AÑO para la
realización de asuntos particulares, derecho recogido en los convenios
laborales sean de naturaleza pública o privada, y que recordamos han sido
caprichosamente recortados a pesar de que en el Estatuto Básico del Empleado
Público se conceden 6 días. Por el contrario, el colectivo de Jueces del que es
máximo representante jurisdiccional el Sr. Del Rio, han aumentado en 9 sus días
de asuntos particulares: 12 en total a diferencia del resto de funcionarios que
los ha visto reducidos a 3.
8) Quienes
no fichan y nadie controla su horario son el colectivo de Jueces-Magistrados por
el que habla el Sr. Del Rio, y no porque falle o sea ineficaz… sencillamente,
no lo tienen por que nadie se ha atrevido a ponérselo, además de no fichar los
Secretarios Judiciales, todos ellos, funcionarios públicos como el resto del
personal.
9) También
debería preocupar al Presidente del Alto Tribunal que se cumpla el horario de
audiencia pública y la inmediación judicial por parte de Jueces y Magistrados o
el incumplimiento de la Fe Pública que corresponde al cuerpo de Secretarios
Judiciales.
10) Se
miente en lo relativo a la concesión de comisiones de servicio, ya que su
concesión está reglamentada y supeditada al informe favorable del Secretario
Judicial.
Las mismas
comisiones de servicio son solicitadas y concedidas a los colectivos de Jueces
y Magistrados, así como Secretarios Judiciales, y que literalmente se obvian en
la memoria.
Ya no sólo
nos congelan nuestro salario, sino que en el 2010 el Gobierno de ZP nos lo
recortó, en 2012 el Gobierno de Rajoy nos quitó una paga extra y en el 2013 el
gobierno de Griñán nos vuelve a recortar un 20% del complemento provisional
específico.
Lo que
supone, una perdida del 38 por ciento de nuestro poder adquisitivo, según
estadísticas contrastadas.
Por poner
un ejemplo, ello supone una reducción total de más de 6.000 euros anuales con
respecto a 2.009. Todo sea por la reducción del déficit público que otros han
generado. Además nos recortan el sueldo los primeros 20 días que no podamos
acudir al trabajo por razón de enfermedad, por ejemplo por encontrarnos con una
rotura de fémur. Nos han recortado también la mayoría de los derechos no
retributivos obtenidos durante años y años, hasta trasladarnos a los años 70 y
pese a eso ahora tenemos que soportar este continuo escarnio público que ya
cansa, a través de un artículo que nos vuelven a dar otro palo, sin contrastar
mínimamente la noticia "con la otra parte".
Afortunadamente quedan pocos jueces,
secretarios y fiscales como el Sr. del Río y son amplia mayoría los que ven a los
funcionarios como sus compañeros de trabajo y "sufridores" como
ellos de una administración que siempre ha funcionado gracias al trabajo de
"todos" (jueces, secretarios y funcionarios) paliando con mucho
sobreesfuerzo los déficit de una administración a la que ningún político o
gobernante ha tenido la voluntad de dotarla de los medios necesarios para que
funcione de una forma ágil y eficaz y así dar respuesta a los problemas de los
ciudadanos en tiempos razonables cuando acuden a ella para solucionar sus
problemas.
Con
la memoria que ha sido publicada, nos da la sensación de que en esta
Administración de Justicia se han dispuesto a volver a la rancia distinción de
clases sociales, unos son sirvientes y
otros son servidos.
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