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31 de marzo de 2009

JORNADA REDUCIDA EN SEMANA SANTA


Según la ORDEN de 31 de octubre de 2007, por la que se determina la jornada y el horario en el ámbito de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el calendario laboral, en el párrafo 2 del artículo 6 dispone que la jornada de trabajo será entre las nueve y las catorce horas los tres días hábiles de Semana Santa y Lunes de Pascua.El cómputo de estos cuatro días (6, 7, 8 y 13 de abril) es, en consecuencia, de 20 horas.El horario diario es de 9.00 horas a 14.00 horas.