Bienvenido al Blog del Sindicato Profesional de Justicia 2ª Fuerza Sindical en Andalucía, 1ª Fuerza Sindical Galicia... ¡UNETE A NUESTRO PROYECTO SINDICAL INDEPENDIENTE! - "CONTIGO, OTRO SINDICALISMO ES POSIBLE" - NOS FINANCIAMOS DE LAS CUOTAS DE NUESTR@S AFILIAD@S - ¡AFILIATE A SPJ-USO, CADA DIA SOMOS MAS! - SIGUENOS EN REDES SOCIALES FACEBOOK Y TWITTER - VISITA NUESTRO CANAL DE OPOSICIONES DE JUSTICIA Y BOLSAS DE TRABAJO - Este Blog de Justicia a superado las 50.000 visitas mensuales, gracias por elegirnos para estar informado. E-mail: spjuso.comunicacion@fep-uso.es .

25 de enero de 2018

SPJ-USO: BOJA, Días inhábiles en Andalucía.


En el dia de hoy se ha publicado en el BOJA, la Orden de 17 de enero de 2018, por la que se determina el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía a efectos de cómputos de plazos administrativos para el año 2018. 


Artículo 1. Determinación del calendario de días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Para el año 2018, son días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los sábados, domingos y los días que seguidamente se relacionan, de acuerdo con el Decreto 63/2017, de 2 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018:


1 de enero (lunes).
6 de enero (sábado).
28 de febrero (miércoles). 29 de marzo (jueves).
30 de marzo (viernes).
1 de mayo (martes).
15 de agosto (miércoles). 12 de octubre (viernes).
1 de noviembre (jueves).

6 de diciembre (jueves). 8 de diciembre (sábado). 25 de diciembre (martes).

Artículo 2. Días inhábiles en el ámbito de cada municipio.
Se entenderán inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos, en el ámbito de cada municipio de la Comunidad Autónoma para el año 2018, hasta dos días, que serán los que, a efectos laborales, establezca la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio para dicho año, en los términos recogidos en la Orden de la Consejería de Trabajo de 11 de octubre de 1993, por la que se regula el procedimiento a seguir para la determinación de las fiestas locales, inhábiles para el trabajo, retribuidas y no recuperables, en los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 

Para ver la orden completa, pincha AQUI