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15 de noviembre de 2012

Proyecto de Ley de Tasas Judiciales, otro despropósito de este gobierno.

Proyecto de Ley de Tasas Judiciales
¡Buenos días, compañeros! jueves, 15 de noviembre de 2012
OBJETIVO: SEGUIR MASACRANDO Y ESQUILMANDO AL EMPLEADO PÚBLICO
El PROYECTO DE LEY DE TASAS JUDICIALES, que ya ha pasado el Vº. Bº. de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados y que actualmente se encuentra en el Senado para continuar su tramitación Parlamentaria, supone, ademas de un duro varapalo para todos los ciudadanos que pretendan acudir a la tutela de los Juzgados y Tribunales de Justicia, una NUEVA AGRESIÓN A LA ECONOMIA Y DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS, que se verán obligados, si finalmente, como se presume, resulta aprobado, a requerir la Presencia de Procurador Y Abogado, ademas de pagar Tasas y posibles Costas, para acudir a los Tribunales, en defensa de sus derechos.
Como todos sabeis, la Ley de a Jurisdicción Contencioso Administrativa establece en su Artículo 23, lo siguiente:
"Artículo 23.
1. En sus actuaciones ante órganos unipersonales, las partes podrán conferir su representación a un Procurador y serán asistidas, en todo caso, por Abogado. Cuando las partes confieran su representación al Abogado, será a éste a quien se notifiquen las actuaciones.
2. En sus actuaciones ante órganos colegiados, las partes deberán conferir su representación a un Procurador y ser asistidas por Abogado.
3. Podrán, no obstante, comparecer por sí mismos los funcionarios públicos en defensa de sus derechos estatutarios, cuando se refieran a cuestiones de personal que no impliquen separación de empleados públicos inamovibles."
Pues bien, en el citado Proyecto de Ley, se pretende exigir a los Funcionarios Públicos comparecer también, con Procurador y Abogado, ante los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, en las cuestiones de personal.  Ya que en el mismo se pretende derogar el Artículo 23.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, antes citado, que eximía a los Funcionarios Públicos, de dicho requisito, en materia de personal.
Así pues, el referido Proyecto de Ley de Tasas establece:
"Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
1. Se derogan los artículos 35 y 36 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
2. Se deroga el apartado 3 del artículo 23 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa."
Nuestros Gobernantes, no se conforman con haber cambiado el criterio en la imposición de las Costas Procesales, condenando "de oficio" a los Funcionarios a su pago  en caso de que pierdan, sino que ahora imponen además la obligación de pagar un Procurador y un Abogado si pretenden reclamar judicialmente cualquier vulneración de sus derechos laborales.El Estado, mientras tanto, seguira representado y defendido por el Abogado del Estado... y no será condenado en costas... por muy temeraria que sea su posición... 
¿Que ahorro supone esto para las arcas el Estado...? NINGUNO. Se trata pura y simplemente de un "NUEVO IMPUESTO REVOLUCIONARIO"que los Funcionarios Públicos tendrán que abonar si quieren defender sus derechos laborales... Y del que se beneficiaran, principalmente, determinados colectivos profesionales: Procuradores y Abogados...
Eso es lo que algunos entienden por "IGUALDAD" y por "TUTELA JUDICIAL EFECTIVA"...  Igualdad que pone a los Funcionarios Públicos ""en la picota" como únicos trabajadores a los que se les exige Procurador y Abogado y el pago de Costas Procesales, en caso de que pierdan -lo que no ocurre en la Jurisdicción Social-.  Tutela Judicial efectiva que se vera retraída, cuando no, literalmente frustrada e impedida, por los costes que las citadas cargas económicas añadidas -Procurador, Abogado y posibles Costas- pueden suponer.
En RESUMEN, nuestros Gobernantes continúan con la politica deACOSO Y DERRIBO contra el EMPLEADO PÚBLICO... comenzada hace años, que tanto les gusta a algunos sectores... Y que desde la FEP-USO vamos a seguir denunciando y rechazando energicamente.